La Historia Clínica es el documento odontológico-legal donde queda registrada:
Al constituirse en un derecho del paciente indefectiblemente se convierte en una obligación del profesional realizarla; pero estamos convencidos que no debe considerarse únicamente como una obligación, sino al contrario, su elaboración debe ser valorada además como un derecho que garantizara la seriedad de su asistencia y reflejara el cumplimiento de los principales deberes del profesional.
El valor jurídico de la Historia Clínica adquiere mayor relevancia cuando su confección constituye una obligación legal de acuerdo a lo establecido en la Ley 26529 Salud Publica - Derechos del Paciente en relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud.(Publicada en el B.O. 20-11-2009)
Pero, además de la confección, el profesional tiene a su cargo la guarda y custodia de la Historia Clínica , asumiendo el carácter de depositario de ésta durante el plazo mínimo de DIEZ (10) AÑOS de prescripción liberatoria de la responsabilidad contractual. Dicho plazo se computa desde la última actuación registrada en la Historia Clínica y vencido el mismo, el depositario dispondrá de la misma en el modo y forma que determine la reglamentación.